Comisión de Evaluación Ambiental aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la minera de manganeso, debiendo sí cumplir condiciones para la ejecución del proyecto.
PUMAS
La Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) aprobó con condiciones el proyecto “Estudio de Impacto Ambiental de la minera de manganeso Los Pumas”, considerando que la iniciativa cumple con la legislación ambiental aplicable; que se ha dado cumplimiento a los requisitos para ser otorgados los permisos ambientales sectoriales respectivos y que las medidas de mitigación, compensación y reparación propuestas por el titular se hacen cargo de las características, efectos y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley 19.300 y los detallados entre los artículos 5 al 11 del Decreto Supremo 95/2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Entre estas condiciones está la habilitación de estaciones de monitoreo de calidad de agua río arriba y abajo en las proximidades de las futuras instalaciones para detectar cualquier cambio anormal, obligaciones que deberán ser asumidas por la empresa Hemisferio Sur para implementar el proyecto. Asimismo, el titular deberá realizar la respectiva tramitación sectorial de los permisos ambientales en los organismos correspondientes.
A la sesión de la CEA asistieron como público representantes de la Junta de Vigilancia del Río Lluta y de la Comunidad Juan de Dios Aranda -las cuales solicitaron formalmente participación, según lo indicado en el reglamento de sala de la comisión-, además de autoridades comunales y regionales.
El director regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Nicolás Calderón, explicó que la decisión se fundó en los antecedentes expuestos en sesión ordinaria N°6 del 1º de agosto y en la sesión extraordinaria del 16 de agosto y que constan en el expediente de evaluación; los antecedentes proporcionados por Hemisferio Sur a través del Estudio de Impacto Ambiental y las posteriores adendas presentadas; considerando además, los respectivos pronunciamientos de los organismos del Estado con competencia ambiental que participaron en el proceso de evaluación y teniendo a la vista las observaciones entregadas por ciudadanos y organizaciones que participaron en el proceso de Participación Ambiental Ciudadana.
En este último punto, resaltó que se realizó difusión en diarios de circulación local, avisos en radios y televisión local. Se realizaron 14 talleres, se entregaron 1.136 invitaciones personalizadas – destacando presidentes de juntas vecinales y de comunidades indígenas- de las cuales se recibieron 341 observaciones. A las personas y organizaciones que hicieron éstas se les entregará respuesta una vez que sean notificados en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental. Todo esto en cumplimiento de lo indicado en el título V del DS 90/2001.
Además, reiteró que “se debe hacer la indicación de que las competencias del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, establecidas en la Ley 19.300, se refieren exclusivamente a la evaluación del componente ambiental de las actividades o proyectos susceptibles de ingresar a este instrumento; no pudiéndose por lo tanto, manifestarse respecto a, entre otros, a conflictos sobre la titularidad de derechos de agua o conflictos sobre la titularidad de los terrenos donde se emplazarán. No obstante lo anterior, queremos poner en antecedente que si una vez calificado el proyecto, requiere realizar modificaciones relacionadas con la obtención de derechos de agua u otros aspectos, deberá considerar que estas modificaciones podrían ser susceptibles de generar impactos ambientales no evaluados, requiriendo en este caso ingresar nuevamente al sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para analizar las eventuales modificaciones”.
El Intendente José Durana explicó que “esta votación -que consideró los aspectos ambientales tal como lo explicita la Ley, analizados por los distintos servicios públicos respecto al Estudio de Impacto Ambiental- tiene el compromiso de cada uno de los organismos participantes de velar por el cumplimiento pormenorizado del más mínimo aspecto que asegure la protección al medio ambiente y el desarrollo de una minería sustentable, tal como fue compromiso del actual Gobierno al incluir este eje productivo como uno de los motores para el progreso de la región, junto al turismo, la plataforma de servicios, agricultura y energías renovables”.
Enfatizó que este acto tiene concordancia con la nueva ley base del Medio Ambiente, la Ley 20.551 de cierre de faenas, se consolida la nueva institucionalidad ambiental, las normas sectoriales de calificación ambiental, y es parte de un proceso que debe seguir adelante con otras situaciones que no las analiza esta comisión, como son la propiedad de agua y terrenos, entre otros.